En el marco de la Política Pesquera Común y la Organización Común del Mercado, las Organizaciones de Productores de la pesca y la acuicultura desempeñan un papel clave en el desarrollo de un enfoque orientado al mercado para las actividades de sus miembros. El artículo 28 del Reglamento de la Organización Común de Mercado obliga a las Organizaciones de Productores a elaborar Planes de Producción y Comercialización de, al menos, sus principales especies comercializadas. Estos planes, que han de ser presentados a las autoridades nacionales competentes para su aprobación, tienen por objeto alcanzar los objetivos previstos en los artículos 3 y 7 del Reglamento de la Organización Común de Mercados.
En 2018, el Consejo Consultivo para los Mercados (MAC) publicó un documento con lineamientos y buenas prácticas para Planes de Producción y Comercialización. En 2022, el documento se actualizó para reflejar los cambios recientes en las normas de financiación, en el contexto de la aprobación del Fondo Europeo de la Pesca y la Acuicultura Marítimas, y para añadir, cuando sea necesario, nuevas orientaciones. El documento incluye lineamientos, una breve descripción de la naturaleza de los Planes de Producción y Comercialización y las condiciones de su financiamiento. Las directrices y buenas prácticas tienen como objetivo facilitar la elaboración e implementación de los Planes de Producción y Comercialización por parte de las Organizaciones de Productores y las autoridades de gestión de los Estados Miembros.
El MAC espera que el documento revisado ayude en la redacción e implementación de los Planes de Producción y Comercialización, mientras asiste, en la medida de lo posible, a abordar los problemas encontrados en la implementación del Reglamento de la Organización Común de Mercado.
Documento